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Alcaldía Municipal de Villamaría en Caldas

Administrar Sitio

Despacho del Alcalde

​Misión

1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución, la ley, los decretos del gobierno, las ordenanzas, y los acuerdos del concejo.

2. Conservar el orden público en el municipio, de conformidad con la ley y las instrucciones y órdenes que reciba del Presidente de la República y del respectivo gobernador. El alcalde es la primera autoridad de policía del muncipio. La Policía Nacional cumplirá con prontitud y diligencia las órdenes que le imparta el alcalde por conducto del respectivo comandante.

3. Dirigir la acción administrativa del municipio; asegurar el cumplimiento de las funciones y la prestación de los servicios a su cargo; representarlo judicial y extrajudicialmente; y nombrar y remover a los funcionarios bajo su dependencia y a los gerentes o directores de los establecimientos públicos y las empresas industriales o comerciales de carácter local, de acuerdo con las disposiciones pertinentes.

4. Suprimir o fusionar entidades y dependencias municipales, de conformidad con los acuerdos respectivos.

5. Presentar oportunamente al Concejo los proyectos de acuerdo sobre planes y programas de desarrollo económico y social, obras públicas, presupuesto anual de rentas y gastos y los demás que estime convenientes para la buena marcha del municipio.

6. Sancionar y promulgar los acuerdos que hubiere aprobado el Concejo y objetar los que considere inconvenientes o contrarios al ordenamiento jurídico.

7. Crear, suprimir o fusionar los empleos de sus dependencias, señalarles funciones especiales y fijar sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes. No podrá crear obligaciones que excedan el monto global fijado para gastos de personal en el presupuesto inicialmente aprobado.

8. Colaborar con el Concejo para el buen desempeño de sus funciones, presentarle informes generales sobre su administración y convocarlo a sesiones extraordinarias, en las que sólo se ocupará de los temas y materias para los cuales fue citado.

9. Ordenar los gastos municipales de acuerdo con el plan de inversión y el presupuesto.

10. Las demás que la Constitución y la ley le señalen.

Funciones de las Áreas que Integran el Despacho del Alcalde

Área de Infraestructura, Diseño, Seguimiento Y Control 

Efectuar los diferentes estudios técnicos y presupuesto de obras civiles para la contratación de las mismas. Diseñar las edificaciones relacionadas con hospitales, puestos de salud, construcción, mantenimiento de escuelas e instalaciones deportivas y demás obras civiles que requiera el municipio. Realizar los procesos contractuales, seguimiento, control y evaluación de los contratos relacionados con el mantenimiento de las vías, construcción y mantenimiento de la infraestructura de los sectores de salud, educación, deporte y recreación y demás obras civiles que requiera el municipio. Realizar directamente o a través de contratistas externos cuando así se requiera la interventoría a las obras que desarrolle el municipio. Elaborar el plan operativo anual de inversiones del Municipio en coordinación con las Secretarías de Planeación y Hacienda y Tránsito. Suministrar la información técnica requerida para la elaborack5n de los contratos, licitaciones y concurso de mérito para la contratación de las respectivas obras. Brindar apoyo y asesoría a la Alcaldía y sus dependencias en todos los asuntos de su competencia. Las demás que de acuerdo con su competencia le sean asignadas por la ley.

Área de Planeamiento Pedagógico Y Calidad Educativa ​

Planear el desarrollo, seguimiento y control de la calidad de la educación del Municipio, acorde con las políticas y programas impartidas por el Gobierno Nacional, Departamental y Municipal, garantizando una mayor cobertura y calidad de la misma. Elaborar el Plan de Desarrollo Educativo del Municipio en coordinación con los directores de los colegios y escuelas del Municipio. Establecer los instrumentos para la evaluación, seguimiento del Plan de Desarrollo Educativo del Municipio. Diseñar programas de capacitación de los Docentes de la Planta Municipal con el apoyo de las entidades del orden Nacional, Departamental y Municipal. Poner en marcha los programas y planes orientados por el Ministerio de Educación, la Secretaría de Educación del Tolima, en busca de la eficiencia, calidad y cobertura de la educación del Municipio. Supervisar el servicio educativo, prestado por las entidades oficiales y privadas. Vigilar el funcionamiento de las instituciones de Educación formal y no formal. Dar apoyo a la Junta Municipal de Educación Organizar las convocatorias o concursos para a provisión de las vacantes de docentes planta Municipal. Diseñar instrumentos para el control, seguimiento y evaluación de los docentes planta Municipal y calidad de la educación impartida por los docentes. Suministrar al Banco de programas y proyectos la información requerida para la elaboración y viabilidad de los proyectos a ejecutar. Adoptar sus propios mecanismos de control, evaluación y seguimiento de las actividades de la oficina.







     

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